Los viajeros que no cumplan con las normativas decretadas por el gobierno panameño serán sancionados según un decreto presidencial establecido previamente
El pasado fin de semana el gobierno de Panamá había anunciado la prohibición de entrada a pasajeros provenientes de Sudamérica. Sin embargo, este 29 de marzo fue decretada una nueva regulación, estableciendo como requisito un testeo adicional al llegar a territorio panameño y cuarentena obligatoria.
El gobierno panameño publicó el decreto ejecutivo 260/2021 bajo la institución del Ministerio de Salud, en el cual se explican la razones por las cuales se toman estas medidas sanitarias ante la amenaza de las nuevas variantes del Covid-19, entre ellas la descubierta en Brasil. En su Artículo 1 el decreto con entrada en vigencia el 31 de marzo, establece el requisito obligatorio de la presentación de una prueba PCR negativa o antígeno negativo con máximo de 48 horas antes del su traslado a Panamá.
Una vez en territorio panameño, y antes de su registro en migración, "toda persona proveniente, que haya permanecido o transitado en Suramérica (...) deberá realizarse una prueba PCR o antígeno", adicional a la anteriormente presentada y pagada por el pasajero. En caso de tener resultado negativo, el pasajero deberá guardar una cuarentena de cinco días en su domicilio o en el Hotel Hospital para viajeros Covid-19, a consideración de la autoridad sanitaria de Panamá.
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Los pasajeros que resulten positivos por Covid-19 en la prueba PCR o antígeno realizada en el aeropuerto deberán someterse a una prueba PCR-RT y una prueba de triplicación Análisis por +ICGES, además de someterse a 14 días de cuarentena en el Hotel Hospital hasta que las autoridades sanitarias consideren segura su partida.
En los siguientes artículos del documento se declara obligatorio el uso de la mascarilla, así como también se especifica que quienes no cumplan con los requisitos decretados por la autoridad panameña será sancionado en conformidad al decreto ejecutivo 961. Para asegurarse el cumplimiento de esta regulación, se facultó a la Autoridad Aeronáutica Civil, al Servicio Nacional de Migración, a la Autoridad Marítima de Panamá y a la Fuerza Pública para "adoptar las medidas necesarias para el estricto cumplimiento del decreto".
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